VALORACIONESEl suelo y las edificaciones son bienes inmuebles susceptibles de comercio entre los hombres por lo que pueden ser objeto de compraventa a cambio de un precio El precio es la contraprestación acordada por la transferencia de la titularidad del derecho real de dominio y puede ser acordado libremente entre las partes dentro del principio de la autonomía de la voluntad. Pero solo el necio confunde valor y precio, el precio es normalmente el máximo obtenido por un vendedor de un comprador concreto, con la valoración se pretende conocer el valor objetivo en un momento dado, los criterios de valoración varían según su finalidad. Efectos de la ley del SUELO y R.D. de liberalizaciones.
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